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Guía para familias

Seguro de repatriación: qué cubre y qué no.

Las tres cosas distintas que la gente llama con ese nombre, qué cubre de verdad la ayuda consular, y qué parte de la cuenta es nuestra y qué parte no.

Esta página es para la familia que está tratando de entender si tiene con qué. Si lo que necesita es el proceso completo, está en repatriación de restos; si va a trasladar cenizas y no el cuerpo, la ruta es distinta y mucho más barata: cómo llevar las cenizas a México.

Las tres cosas que se llaman igual

Lo que la gente diceLo que realmente esQué hay que revisar
“Tenía un seguro de vida”Una póliza de vida común. No está hecha para repatriación, pero el dinero sirve igual y con frecuencia se puede ceder a la funeraria para que la aseguradora nos pague directamenteSi la póliza permite la cesión (assignment), quién es el beneficiario y si estaba al corriente de los pagos
“Tenía seguro de repatriación”Un producto vendido específicamente para trasladar restos al país de origen. Los hay de muchos tipos y con coberturas muy distintasQué renglones cubre exactamente: ¿flete aéreo? ¿ataúd de traslado? ¿la funeraria receptora en el pueblo? ¿traslado terrestre desde el aeropuerto?
“El consulado lo paga”No es un seguro. Es una ayuda económica que procede solo en casos de insolvencia comprobada y con límites estrictosSi la familia califica, y entender antes qué cubre y qué no — porque cubre menos de lo que casi todos suponen

La confusión entre la segunda y la tercera es la que más daño hace, porque una familia deja pasar días esperando un apoyo que quizá nunca aplicó a su caso.

Qué cubre de verdad la ayuda consular

Hablamos del caso mexicano porque es el mejor documentado. El folleto oficial de la Secretaría de Relaciones Exteriores es explícito en tres puntos que conviene leer despacio:

  • Procede únicamente “en caso de insolvencia económica comprobada”, y la viabilidad se determina caso por caso conforme a los criterios vigentes. No es automático y no es un derecho por ser mexicano.
  • Los recursos se entregan directamente a las empresas prestadoras del servicio, no a la familia. Nadie recibe un cheque.
  • Solo pueden cubrir “servicios básicos de traslado, y embalsamamiento o cremación”. La familia se hace responsable de los gastos adicionales, como ceremonias y servicios luctuosos.

Es decir: en el mejor de los casos la ayuda toca la parte del traslado, no el funeral. Y nadie —ni nosotros ni ninguna funeraria— puede prometerle que se la van a aprobar. El camino es acudir al consulado y plantearlo. Para orientación en español las 24 horas desde Estados Unidos o Canadá está el CIAM, 1-855-463-6395; la línea de emergencia del Consulado General de México en Dallas es el (214) 621-0198.

Para El Salvador, Guatemala y Honduras los canales y los requisitos están en las páginas por país: El Salvador, Guatemala y Honduras. Ahí publicamos únicamente lo que pudimos verificar en fuentes oficiales, y decimos abiertamente lo que no.

Qué facturamos nosotros, y qué no

Esta es la parte que casi nadie publica y que le permite a usted leer cualquier cotización o cualquier póliza.

RenglónQuién lo cobraCuánto
Envío a otra funeraria (nuestro servicio de repatriación)Nosotros$3,150, precio publicado
Recepción desde otra funerariaNosotros$2,750, precio publicado
Flete aéreoLa aerolíneaPor peso; cambia con la temporada y la ruta
Ataúd de traslado apto para carga aéreaSe compra por separadoSegún el modelo
Contenedor de envío al extranjeroNosotros$600, precio publicado
Trámites legales: traducciones, cuotas consulares, apostillasNosotros$500, precio publicado
Funeraria receptora y traslado terrestre en destinoLa funeraria en el país de destinoSegún la distancia al pueblo
Copias certificadas del acta y permisosEl estado, al costo$21 la primera, $4 cada adicional; permiso de cremación $30

Por eso el total honesto para la mayoría de los destinos en México y Centroamérica va de $2,000 a $6,000: nuestra parte es fija y publicada, y las demás varían. Cuando una cotización de otra empresa está muy por debajo de ese rango, casi siempre es porque dejó fuera el flete aéreo o el ataúd de traslado. Pida siempre la cotización itemizada por escrito, de nosotros o de quien sea.

Si hay una póliza: cómo funciona la cesión

Cuando existe un seguro de vida, la familia no tiene que adelantar el dinero y esperar el reembolso. Nosotros presentamos la reclamación directamente ante la aseguradora y, si la póliza lo permite, se cede el beneficio para que nos pague a nosotros. La mayoría de las familias que llegan con una póliza vigente no pagan nada de su bolsillo el día del traslado.

Traiga el número de póliza, o incluso solo el nombre de la compañía: con eso empezamos. Y traiga varias copias certificadas del acta de defunción, porque cada aseguradora pide la suya.

Qué preguntarle a la aseguradora antes de contar con el dinero

No podemos decirle qué cubre su póliza: cada contrato es distinto y solo la aseguradora puede confirmarlo. Estas son las preguntas que separan una cobertura real de una que va a dejar huecos:

  1. ¿La póliza cubre el flete aéreo internacional, o solo servicios funerarios?
  2. ¿Cubre el ataúd de traslado apto para carga aérea?
  3. ¿Cubre a la funeraria receptora en el país de destino y el traslado terrestre al pueblo?
  4. ¿Permite la cesión del beneficio a la funeraria, o solo reembolsa a la familia después?
  5. ¿Cuánto tarda el pago, y hay un anticipo mientras se resuelve?
  6. ¿Hay un límite máximo en dólares, y cuál es?
  7. ¿Cambia algo si la familia elige cremación y traslado de cenizas en lugar del cuerpo?
  8. ¿La póliza estaba al corriente de pagos a la fecha del fallecimiento?

La séptima suele ser la más útil: trasladar cenizas cuesta una fracción de lo que cuesta trasladar el cuerpo, y una póliza modesta que no alcanzaba para un traslado completo con frecuencia sí alcanza para eso.

Si no hay póliza y no hay ayuda

Dígalo en la primera llamada, sin rodeos. Hay tres caminos reales y ninguno pasa por endeudar a la familia: la cremación directa a $1,750 con traslado de cenizas, que es la ruta menos costosa hasta el país de origen; un servicio memorial aquí y el traslado después, cuando haya con qué; o los programas que sí pagan, que están en ayuda para gastos funerarios en el condado de Dallas.

Lo que no le vamos a hacer es cotizarle un traslado completo que sabemos que no puede pagar.

Preguntas frecuentes

¿El consulado paga la repatriación?

Solo en casos de insolvencia económica comprobada, y la viabilidad se determina caso por caso. Los recursos se entregan directamente a las empresas prestadoras del servicio, no a la familia, y únicamente pueden cubrir servicios básicos de traslado y embalsamamiento o cremación. Las ceremonias y los servicios adicionales corren por cuenta de la familia.

¿Qué es un seguro de repatriación?

Se le llama así a tres cosas distintas: una póliza de vida común que se puede ceder a la funeraria, un producto vendido específicamente para trasladar restos al país de origen, y la ayuda consular, que no es un seguro. Conviene saber cuál de las tres tiene antes de contar con el dinero.

¿Cuánto cobran ustedes por una repatriación?

Nuestro servicio de envío a otra funeraria cuesta $3,150 y la recepción desde otra funeraria $2,750, ambos precios publicados. El flete aéreo, el ataúd de traslado y la funeraria receptora en el país de destino no los fijamos nosotros, y por eso el total honesto suele ir de $2,000 a $6,000.

¿Puedo usar el seguro de vida para pagar el traslado?

Con frecuencia sí. Presentamos la reclamación directamente ante la aseguradora y, si la póliza permite la cesión del beneficio, se nos paga a nosotros y la familia no adelanta el dinero. Traiga el número de póliza o el nombre de la compañía y varias copias certificadas del acta.

¿Qué le pregunto a la aseguradora?

Si cubre el flete aéreo internacional, el ataúd de traslado y la funeraria receptora en destino; si permite la cesión del beneficio a la funeraria; cuánto tarda el pago; cuál es el límite máximo; y si cambia algo eligiendo cremación y traslado de cenizas. Esa última pregunta es la que más veces resuelve el problema.

¿Es más barato trasladar cenizas?

Mucho más. La propia Secretaría de Relaciones Exteriores señala que los costos difieren en gran medida y que la cremación y el traslado de cenizas resultan menos onerosos. Una póliza modesta que no alcanza para trasladar el cuerpo con frecuencia sí alcanza para eso.

¿Y si no hay póliza ni ayuda?

Hay tres caminos: la cremación directa a $1,750 con traslado de cenizas, un memorial aquí y el traslado más adelante, o los programas de ayuda que sí pagan. Dígalo en la primera llamada y le decimos con honestidad qué es posible.

Lo que no le cuesta más

Una cosa que no depende de ninguna póliza: la transmisión en vivo de una cámara desde nuestra capilla, sin cargo (para producciones de varias cámaras coordinamos con un proveedor de audio y video). Si la familia en el país de origen no puede viajar, puede acompañar el servicio de Dallas en vivo sin que eso cambie la cuenta. La fotografía profesional del servicio también la ofrecemos, $499. Pídalo en la primera llamada.

Hablemos con números reales

Llame al (214) 550-7369. En español, a cualquier hora. Dígale a quien conteste qué póliza hay —o que no hay ninguna— y le damos una cotización itemizada por escrito antes de iniciar cualquier trámite. Ese precio se respeta.

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